Las llamadas nacionales no guardadas mostrarán los nombres registrados en las redes 4G y posteriores a partir del 1 de noviembre

India exigirá mostrar el nombre registrado del llamante en llamadas nacionales no guardadas en redes 4G y superiores desde el 1 de noviembre de 2026.

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Las llamadas nacionales no guardadas mostrarán los nombres registrados en las redes 4G y posteriores a partir del 1 de noviembre
Vulnerabilidades

Imagen ilustrativa generada con IA

India ha ordenado a las operadoras de telecomunicaciones que muestren el nombre registrado del llamante junto al número de teléfono en las llamadas entrantes a través de redes 4G y posteriores, según una circular descrita por The Hacker News.

El requisito entrará en vigor el 1 de noviembre de 2026. La circular lleva fecha del 13 de octubre de 2026 y se atribuye al Departamento de Telecomunicaciones (DoT), que depende del Ministerio de Comunicaciones.

La medida utiliza Calling Name Presentation (CNAP) y pretende facilitar la identificación de los llamantes desconocidos, a la vez que ayuda a los usuarios a lidiar con el spam y las llamadas fraudulentas.

Qué verán los usuarios en las llamadas entrantes

Según las reglas de visualización reportadas, cada llamada entrante mostrará dos campos: el número del llamante y un nombre o una etiqueta de origen de la llamada.

El nombre se seleccionará siguiendo este orden:

  1. Si el destinatario ha guardado el número en sus contactos, aparecerá el nombre guardado localmente.
  2. Si el número no está guardado y la llamada es nacional, la operadora receptora obtendrá el nombre de la base de datos de abonados de la operadora de origen.
  3. Las llamadas procedentes de fuera de India mostrarán la etiqueta «International Call.»

La circular define la identidad del nombre del llamante como el nombre del abonado registrado por la operadora que origina la llamada. Esto significa que el sistema obligatorio no sustituirá necesariamente los nombres ya guardados en el dispositivo del destinatario.

El requisito inicial abarca los servicios inalámbricos terrestres que utilizan tecnologías 4G y de generaciones superiores. El despliegue en los servicios 2G, 3G y PSTN se estudiará por separado, sin fecha de implementación especificada para esas redes.

Los operadores deben crear un sistema de búsqueda entre redes

Cada proveedor de servicios de telecomunicaciones de origen debe mantener una base de datos que vincule los nombres de los abonados con los números de teléfono. Cuando un cliente recibe una llamada, la operadora terminal consultará la base de datos del proveedor de origen para obtener la identidad correspondiente.

También se insta a los proveedores a implementar CNAP con un enfoque «seguro desde el diseño». Según los requisitos reportados en la circular, el nombre obtenido no debe conservarse una vez finalizada la llamada entrante. La capacidad de las bases de datos, la conectividad y la infraestructura de red también deben permitir consultas eficientes, sin degradar la calidad del servicio exigida por la normativa aplicable.

La orden exige además que las operadoras ofrezcan Calling Line Identification Restriction (CLIR), que permite a los abonados ocultar su identidad al realizar llamadas.

Las empresas pueden usar nombres preferidos verificados

Los clientes con conexiones comerciales o masivas pueden elegir un nombre preferido que sustituya la identidad estándar del llamante. El nombre elegido debe estar vinculado a uno de estos dos registros oficiales:

  • una marca registrada a nombre del cliente en el Registro de Marcas (Trade Marks Registry); o
  • un nombre comercial registrado a nombre del cliente a través del portal del Impuesto sobre Bienes y Servicios (GST).

En el caso de las conexiones nuevas, las operadoras deben registrar ese nombre preferido tanto en el formulario de solicitud del cliente como en el registro de datos del abonado. Los solicitantes deben presentar la prueba de registro original al proveedor de origen y adjuntar copias auténticas a la solicitud.

Para los usuarios de las redes incluidas, el cambio práctico comienza el 1 de noviembre de 2026: las llamadas de números nacionales no guardados deberían mostrar el nombre que tenga la operadora de origen, mientras que las llamadas internacionales deben indicarse explícitamente como tales.

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Fuentes

Este artículo es una reelaboración original basada en las siguientes fuentes.

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